Ser autónoma y trabajar a tiempo parcial es posible en España?
Thread poster: Yurena Sar (X)
Yurena Sar (X)
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May 15, 2008

Saludos!

Primero disculpad si este tema ya ha salido. Le he echado un vistazo a los posts antiguos y no he visto nada parecido...
En Julio regresaré a España después de haber vivido casi 10 años en el Reino Unido. Hasta ahora siempre he trabajado como traductora a tiempo parcial y en mi país me lanzo a hacerlo a tiempo completo.

Soy consciente que los primeros 6-8 meses serán duros ya que tendré que registrarme como autónoma allí (lo que conlleva gastos)
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Saludos!

Primero disculpad si este tema ya ha salido. Le he echado un vistazo a los posts antiguos y no he visto nada parecido...
En Julio regresaré a España después de haber vivido casi 10 años en el Reino Unido. Hasta ahora siempre he trabajado como traductora a tiempo parcial y en mi país me lanzo a hacerlo a tiempo completo.

Soy consciente que los primeros 6-8 meses serán duros ya que tendré que registrarme como autónoma allí (lo que conlleva gastos) y quizás aumentar un poco mi cartera de clientes y me preguntaba... es posible (por ley) estar registrada como autónoma y a la vez tener otro trabajo a tiempo parcial? Sólo quisiera hacerlo si me viese con la necesidad de ahorrar un poco más y esencial! si la ley lo permite.

Os agradecería muchísimo cualquier opinión / experiencia que tengáis que contar al respecto.
Y un saludo especial a los traductores/as de Castilla y León ! yo soy canaria pero me he decidido por esa región para instalarme.

Yurena
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RNAtranslator
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Aclaraciones May 16, 2008

El alta censal como autónoma es gratis. Vas a la Delegación de Hacienda y pides el impreso correspondiente, lo rellenas y ya está. El simplificado es el 036, pero no sé si en alguna circunstancia deberías usar otro.

Sí es compatible con otro trabajo, sea como asalariada o como autónoma.

El "gasto", más bien inversión en tu jubilación, es la cotización a la Seguridad Social. A este respecto, la ley dice que están obligados a cotizar los que se dediquen al tra
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El alta censal como autónoma es gratis. Vas a la Delegación de Hacienda y pides el impreso correspondiente, lo rellenas y ya está. El simplificado es el 036, pero no sé si en alguna circunstancia deberías usar otro.

Sí es compatible con otro trabajo, sea como asalariada o como autónoma.

El "gasto", más bien inversión en tu jubilación, es la cotización a la Seguridad Social. A este respecto, la ley dice que están obligados a cotizar los que se dediquen al trabajo autónomo "de forma habitual", expresión ambigua a más no poder; el criterio que suele aplicarse es el de que si los ingresos como autónoma no alcanzan el salario mínimo interprofesional no estás obligada a cotizar a la Seguridad Social porque sería un trabajo esporádico, pero eso lo deberías consultar en la delegación de dicho organismo. Enciéndele una velita a San Apapurcio (incluso aunque seas atea) para que te toque con un funcionario que entienda bien del tema.


[Edited at 2008-05-16 00:41]
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Nuria Navarro
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Autónoma y empleada a tiempo parcial May 16, 2008

Hola Yurena,

Yo estoy dada de alta como autónoma desde hace unos cuantos años y desde el pasado mes de septiembre trabajo contratada a tiempo parcial en una universidad.
En principio no hay problema de incompatibilidad, sólo que cada día tienes que cotizar a la Seguridad Social 1 una jornada laboral completa como autónoma y media como contratada. El problema es que eso no se ve reflejado en la vida laboral (es decir, que no cotizas 1 jornada y media al día, ya que sól
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Hola Yurena,

Yo estoy dada de alta como autónoma desde hace unos cuantos años y desde el pasado mes de septiembre trabajo contratada a tiempo parcial en una universidad.
En principio no hay problema de incompatibilidad, sólo que cada día tienes que cotizar a la Seguridad Social 1 una jornada laboral completa como autónoma y media como contratada. El problema es que eso no se ve reflejado en la vida laboral (es decir, que no cotizas 1 jornada y media al día, ya que sólo es posible una jornada por día).
Otra solución es que te busques un trabajillo complementario como clases particulares de inglés a domicilio y te olvides de rendir cuentas con Hacienda por esa actividad. Así es como empezamos muchos en su día hasta tener una cartera de clientes con la que poder vivir.

Muchas suerte

Nuria
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tom_michell
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Ventanilla Única May 16, 2008

Concierta una cita con esta gente (http://www.ventanillaunica.com) y puedes darte de alta en todo (Hacienda, SS, etc) dentro de media hora. Es gratis y muy, muy útil.

Yo trabajé para una empresa a tiempo parcial al mismo tiempo de ser autónomo. Creo que a Hacienda le encanta porque cobran la seguridad social dos veces por una misma persona.


 
Aida González del Álamo
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Yo lo hago May 16, 2008

Hola, yo soy freelance a tiempo completo y profesora de un centro de enseñanza a tiempo parcial (doy clases 3 días a la semana) y nunca he tenido ningún problema, el centro me dio de alta como trabajadora por cuenta ajena y ya estaba dada de alta como autónoma, consulté en Hacienda y en la S.S. y me dijeron que ellos encantados, lo malo es lo de la vida laboral que no cotizas realmente por todo el trabajo que haces pero bueno, a fin de mes respiras al tener siempre un fijo.
Yo trabajo
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Hola, yo soy freelance a tiempo completo y profesora de un centro de enseñanza a tiempo parcial (doy clases 3 días a la semana) y nunca he tenido ningún problema, el centro me dio de alta como trabajadora por cuenta ajena y ya estaba dada de alta como autónoma, consulté en Hacienda y en la S.S. y me dijeron que ellos encantados, lo malo es lo de la vida laboral que no cotizas realmente por todo el trabajo que haces pero bueno, a fin de mes respiras al tener siempre un fijo.
Yo trabajo en Madrid, no creo que la situación sea muy distinta en Castilla.
Suerte.

[Edited at 2008-05-16 19:26]
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Yurena Sar (X)
Yurena Sar (X)
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Muchas gracias por vuestros consejos pero... May 19, 2008

escribí pidiendo cita en la Ventanilla Única Empresarial y la respuesta que he recibido me ha puesto algo nerviosa... Dice:

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Buenos días:

El horario de atención al público es de 9:00 a 14:00, puede elegir a las 9:00, 9:45, 10:30, 11:45 y 12:30 . Los impresos se los facilitamos y rellenamos nosotros. Necesita un número de cuenta para domiciliar la cuota
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escribí pidiendo cita en la Ventanilla Única Empresarial y la respuesta que he recibido me ha puesto algo nerviosa... Dice:

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Buenos días:

El horario de atención al público es de 9:00 a 14:00, puede elegir a las 9:00, 9:45, 10:30, 11:45 y 12:30 . Los impresos se los facilitamos y rellenamos nosotros. Necesita un número de cuenta para domiciliar la cuota de autónomos y un NIE español y contar con permiso para trabajar por cuenta propia.

A la espera de su respuesta, reciba un saludo.
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Por favor alguien me podría decir a qué se refieren con 'contar permiso para trabajar por cuenta propia' (hace falta un permiso oficial de algún organismo?) y cuanto sería la cuota de autónoma al mes. Es el NIE lo mismo que NIF?
Uf... son tantas dudas las que tengo... Os agradecería muchísimo cualquier comentario al respecto. Gracias.

Yurena
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RNAtranslator
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¡Tranquila! May 19, 2008

Yurena Sar wrote:

escribí pidiendo cita en la Ventanilla Única Empresarial y la respuesta que he recibido me ha puesto algo nerviosa... Dice:

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Buenos días:

El horario de atención al público es de 9:00 a 14:00, puede elegir a las 9:00, 9:45, 10:30, 11:45 y 12:30 . Los impresos se los facilitamos y rellenamos nosotros. Necesita un número de cuenta para domiciliar la cuota de autónomos y un NIE español y contar con permiso para trabajar por cuenta propia.

A la espera de su respuesta, reciba un saludo.
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Por favor alguien me podría decir a qué se refieren con 'contar permiso para trabajar por cuenta propia' (hace falta un permiso oficial de algún organismo?) y cuanto sería la cuota de autónoma al mes. Es el NIE lo mismo que NIF?
Uf... son tantas dudas las que tengo... Os agradecería muchísimo cualquier comentario al respecto. Gracias.

Yurena


NIE = Número de Identificación de Extranjeros: http://www.euroresidentes.com/inmigracion/numero-de-identificacion-de-extranjeros.htm

De lo anterior, deduzco que creen que eres extranjera y que necesitas un permiso para trabajar por cuenta propia; no es tu caso.

Oye, no lo habrás preguntado hoy lunes ¿verdad? porque los lunes no es recomendable hacer gestiones, sobre todo con la Administración; la gente los lunes está de muy mala gana y cometen muchísimos errores. ¿Le encendiste una velita a San Apapurcio como te dije? ¿no? pues va a ser por eso...

Cotización a la Seguridad Social: aplicar la cuota a la base. Base mínima: 817.20 €/mes. Cuota máxima: 3.074,10 €/mes. Tipo: 29.80%.

Puedes elegir la base que quieras entre el mínimo y el máximo, pero si eliges la mínima, la pensión de jubilación será también la mínima. Con la base mínima: 817.20* 29.80/100=243.53 €/mes. http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/InformacionGeneral/index.htm

También deberás cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que sumado a la cuota de la Seguridad Social, y eligiendo la base mínima no supera los 300 euros.

Repito: cotizaciones mínimas, prestaciones mínimas, salvo asistencia médica, que es igual para todos.

Repito lo dicho antes, si tus ingresos no llegaran al salario mínimo interprofesional (600 €/mes) no tendrías obligación de cotizar, al considerarse que no trabajas de forma habitual, pero puesto que ya tienes una cartera de clientes, supongo que sí ganarás más que eso.


 
Maria Salud Herrero Calpena (X)
Maria Salud Herrero Calpena (X)  Identity Verified
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De acuerdo con RNAtranslator Jun 7, 2008

Es posible trabajar en las dos cosas. Hace un par de años estuve informándome acerca de todas las posibilidades y mientras que en Hacienda fueron muy diligentes y me lo dieron todo muy clarito y por escrito en la SS.... No tenían ni idea de lo que les estaba hablando. Tuvieron que preguntar a todo el mundo en la oficina y al final alguien sacó un manual donde efectivamente decía que si no cobras el equivalente al salario mínimo no estás obligada a cotizar. Entonces yo vivía en Granada. ... See more
Es posible trabajar en las dos cosas. Hace un par de años estuve informándome acerca de todas las posibilidades y mientras que en Hacienda fueron muy diligentes y me lo dieron todo muy clarito y por escrito en la SS.... No tenían ni idea de lo que les estaba hablando. Tuvieron que preguntar a todo el mundo en la oficina y al final alguien sacó un manual donde efectivamente decía que si no cobras el equivalente al salario mínimo no estás obligada a cotizar. Entonces yo vivía en Granada. Imagino que en Castilla serán poco más o menos igual. Que no se te olvide la vela...Collapse


 


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