Cómo hacer facturas Thread poster: Almudena Leal
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Hola a todos! Tengo una pregunta relativa a las facturas. Resulta que empezaré a hacerlas en breve y no tengo muy claro cómo... ¿Hay que incluir el 16% de I.V.A. menos el 15% de I.R.P.F? Así me dijeron en un principio pero no estoy segura de si hay que descontar el I.R.P.F. o sólo se refleja el I.V.A. En las facturas para agencias extranjeras (fuera de España) ¿hay que incluir el I.V.A.? Os agradecería estas aclaraciones, estoy un poco... See more Hola a todos! Tengo una pregunta relativa a las facturas. Resulta que empezaré a hacerlas en breve y no tengo muy claro cómo... ¿Hay que incluir el 16% de I.V.A. menos el 15% de I.R.P.F? Así me dijeron en un principio pero no estoy segura de si hay que descontar el I.R.P.F. o sólo se refleja el I.V.A. En las facturas para agencias extranjeras (fuera de España) ¿hay que incluir el I.V.A.? Os agradecería estas aclaraciones, estoy un poco perdida... Gracias! ▲ Collapse | | |
My two cents... | Jun 17, 2006 |
Primer centavo: realiza antes una búsqueda en los foros; este tema ha sido debatido hasta la saciedad, seguro que encuentras respuesta a todas tus dudas Segundo centavo: contrata los servicios de un gestor (bien temporalmente o como servicio mensual) especializado en el tema; dormirás mucho más tranquila. Suerte, Zyntia. | | |
Hola Almudena: El tema ya ha sido debatido mucas veces, pero aquí van unas cuantas aclaraciones. 1. Si te das de alta ahora, durante los primeros tres años deduces el 7% de IRPF (el 15% después de 3 años). 2. El IVA es del 16 % pero ciertos tipos de traducciones son exentos de IVA ( científica por ejemplo). Mejor pregunta en Hacienda... No olvides que tendrás que declarar el IVA cada trimestre o mes. 3. No deduces ni IVA ni IRPF para traduccion... See more Hola Almudena: El tema ya ha sido debatido mucas veces, pero aquí van unas cuantas aclaraciones. 1. Si te das de alta ahora, durante los primeros tres años deduces el 7% de IRPF (el 15% después de 3 años). 2. El IVA es del 16 % pero ciertos tipos de traducciones son exentos de IVA ( científica por ejemplo). Mejor pregunta en Hacienda... No olvides que tendrás que declarar el IVA cada trimestre o mes. 3. No deduces ni IVA ni IRPF para traducciones en la UE. Para otros paises, no sé, ya que nunca se me ha presentado el caso. De todos modos, lo mejor es informarse en Hacienda (si tienes la suerte de encontrar a algún funcionario que conozca bien el tema) y/o contratar los servicios de una gestoría. Nada más, que pases un buen fin de semana (bueno, de lo que queda...) Saludos desde Granada ▲ Collapse | | |
Hay un teléfono de información de Agencia Tributaria donde te atienden amablemente y te lo explican todo. En principio es como dice Florecilla, pero si tienes alguna duda, ellos te la solucionarán sin problema. Busca en las páginas de la Ag. Tributaria: www.aeat.es. | |
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Almudena Leal Ireland Local time: 00:14 French to Spanish + ... TOPIC STARTER
Muchas gracias a las tres. La verdad es que busqué en el foro y no encontré este tema, se ve que no es de los últimos... Pregunté en Hacienda, pero me tocó un funcionario que no tenía ni idea, por eso prefería saberlo de primera mano De todas formas, probaré de nuevo, no siempre tendré tan mala suerte! Un saludo especial para Florecilla. Me parece que nos vimos alguna vez por la "Maison" en Grana... See more Muchas gracias a las tres. La verdad es que busqué en el foro y no encontré este tema, se ve que no es de los últimos... Pregunté en Hacienda, pero me tocó un funcionario que no tenía ni idea, por eso prefería saberlo de primera mano De todas formas, probaré de nuevo, no siempre tendré tan mala suerte! Un saludo especial para Florecilla. Me parece que nos vimos alguna vez por la "Maison" en Granada ▲ Collapse | | |
Desde Granada | Jun 18, 2006 |
Almudena Leal wrote: Un saludo especial para Florecilla. Me parece que nos vimos alguna vez por la "Maison" en Granada Seguro, trabajé allí durante muchos años. ¿Tal vez te haya dado clase incluso? Ahora ya ves, aunque siga dando clases en otro centro, me he puesto a traducir, lo cual era mi primera vocación. Te deseo lo mejor en tus comienzos como autonoma. Saludos | | |
Parrot Spain Local time: 01:14 Spanish to English + ... Repasa tu impreso de alta (Modelo 036) | Jun 19, 2006 |
Almudena Leal wrote: ¿Hay que incluir el 16% de I.V.A. menos el 15% de I.R.P.F? Así me dijeron en un principio pero no estoy segura de si hay que descontar el I.R.P.F. o sólo se refleja el I.V.A. Si entre las opciones que te ofrecieron en el modelo 036 optaste por esta vía de declaración en vez del trimestral (el modelo 110 al 20%), el cálculo sería: Por un concepto de 100 €, deduces el 15 (ó 7)% (Florecilla tiene razón, los nuevos pueden optar por el 7% durante 3 años. No es que te libres de pagar igual ó más que nosotros si al final del ejercicio te toca por base imponible global, pero tienes más disponible en efectivo para arrancar el negocio). Te dará entonces 85 ó 93 €, según lo que prefieras. Sobre los 100 € de partida (no los 85/93 €) calculas el 16% del IVA. A esto lo sumas los 85/93 € para obtener la factura total. En las facturas para agencias extranjeras (fuera de España) ¿hay que incluir el I.V.A.? En principio, no, ni para Canarias. Para agencias extracomunitarias (USA, América Latina, etc.) no ("Not Applicable"), y ahí se queda. Pero ojo con las intracomunitarias: las agencias (léase personas físicas/legales) debidamente inscritas en la base VIES, que recoge todos los operadores intracomunitarios, tienen un 0% con respecto a España y están obligadas a pagarlo en el país comprador, al % del país comprador. De otro modo (personas físicas del extranjero no inscritas en VIES dentro de la UE de los 25), tienen el 16% como cualquier español. La última distinción es muy importante. Acá te pego el enlace VIES: http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/en/vieshome.htm Al declarar el IVA trimestral (modelo 300), reflejas tu base imponible global, le calculas el 16%, repercutes (restas) IVA pagado y en la casilla 32, reflejas todo lo que has hecho para Canarias y la UE (que no es imponible en el IVA). Hacienda no obliga a nadie a tener un gestor, sobre todo durante el primer año cuando no espera grandes movimientos. De todos modos, no te sorprendas si alguno te dice, "factura tú y mándame tus facturas/libro mayor". Me harté tanto de cosas semejantes que opté por tratar directamente con mi vecino (vivo al lado de la Delegación 28616 de la AEAT). Suerte. | | |
Cámara de Comercio | Jun 19, 2006 |
Hola, Si vives en España, te recomiendo que te acerques a la CC la más cercana de tu domicilio. En Alicante tienen un servicio de asesoría (gratuita) para autónomos, y te lo explican todo MUY bien Saludos | |
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Ojo con las "traducciones científicas" | Jun 23, 2006 |
[quote]Florecilla wrote: 2. El IVA es del 16 % pero ciertos tipos de traducciones son exentos de IVA ( científica por ejemplo). Mejor pregunta en Hacienda... No olvides que tendrás que declarar el IVA cada trimestre o mes. Por experiencia propia ("alegre toque" de Hacienda después de mi primer año presentando las declaraciones, el gestor de Hacienda que me había informado por primera vez se "equivocó" al darme la información...) por "traducción científica", al igual que por "traducción literaria" se entiende la traducción que va a ser publicada con derechos de autor, con lo cual declararías los derechos de autor y te exime de aplicar el IVA. No basta con que sea de tema científico. Desgraciadamente, no todos los gestores de Hacienda parecen tenerlo claro... Así que mejor (excepto para el extranjero), aplicar directamente el 16% de IVA y te evitas acabar pagándolo de tu bolsillo!! Suerte! | | |