22:37 Jan 21, 2017 |
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Spanish to English translations [PRO] Law/Patents - Law (general) / compliance | |||||||
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Summary of answers provided | ||||
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5 | Internal and external fraud |
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4 | proper and improper swindles |
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3 +1 | standard and non-standard frauds / frauds and offences equivalent to fraud |
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Summary of reference entries provided | |||
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Refs. |
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What the Spanish Civil Code says |
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Discussion entries: 11 | |
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proper and improper swindles Explanation: my take -------------------------------------------------- Note added at 16 hrs (2017-01-22 14:50:25 GMT) -------------------------------------------------- https://www.google.com/?gws_rd=ssl#q=proper swindle |
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Reference: Refs. Reference information: Estafa propia. - Código Penal - Leyes de Guatemala leydeguatemala.com/codigo-penal/estafa-propia/3126/ Artículo 263. Estafa propia. Comete estafa quien, induciendo a error a otro, mediante ardid o engaño, lo defraudare en su patrimonio en perjuicio. http://html.rincondelvago.com/estafa.html Estafa impropia, en cuanto que el engaño no determina el perjuicio a través de un acto de disposición, sino que se finge este acto de disposición o contrato, en perjuicio de tercero, puesto que los otorgantes del contrato simulado conocen la simulación. http://www.tejedorhorche.com/2011/01/el-delito-de-estafa-pro... b) Estafa procesal propia e impropia. 1. Se utiliza la denominación de propia cuando el sujeto engañado es el juez, se consigue una sentencia injusta, pese a que la parte contraria lo intenta evitar. Sentencia del T.S. de 7.10.05 2. Se considera estafa procesal impropia cuando el engañado no es al Juez, sino la parte contraria, pues esta se allana, desiste, etc.. Sentencia del T.S. de 18.4.04 -------------------------------------------------- Note added at 5 hrs (2017-01-22 03:46:49 GMT) -------------------------------------------------- https://www.fiscal.es/fiscal/PA_WebApp_SGNTJ_NFIS/descarga/P... Los delitos de estafa impropia reúnen unas características específicas que los diferencian de la estafa genérica; en algunos casos podrán coincidir, en cuyo caso se debe acudir al concurso de normas, pero en la mayoría de casos no será así, bien porque el engaño no es el causante del error y del desplazamiento patrimonial (supuesto del artículo 251,2º, último inciso), bien porque la acción y la dinámica comisiva es distinta (supuesto de “contrato simulado” del artículo 251,3º). Lo que en todo caso une a todos los delitos de estafa (propia o impropia), al ser delitos contra el patrimonio tipificados en el capítulo VI (de las defraudaciones) del Título XIII (delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico), es la necesidad de que concurra el ánimo de lucro como elemento subjetivo del injusto además del perjuicio evaluable económicamente, consumado o en grado de tentativa. La llamada estafa impropia está tipificada de la siguiente manera en nuestro Código Penal Artículo 251. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años: 1. º Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero. 2. º El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero. 3. º El que otorgare en perjuicio de otro un contrato simulado. http://www.whitmanabogados.com/cuales-son-los-elementos-del-... ¿Cuáles son los elementos del delito de estafa impropia? Nos enseña la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en su sentencia de 28 de octubre de 2016 que “como es exponente la Sentencia 218/2016, de 15 de marzo, que una jurisprudencia constante recuerda que son elementos de este delito de estafa impropia: a) la existencia de un negocio de disposición sobre una cosa, mueble o inmueble; b) que haya sido transferida como libre cuando sobre ella pesaba un gravamen; c) la existencia de ánimo de lucro; d) el conocimiento del autor sobre aquella circunstancia; e) la producción de un perjuicio al adquirente ( SSTS 90/2014, 4 de febrero y 333/2012, 26 de abril). También hemos dicho – STS 133/2010, 24 de febrero -, que “…en esta modalidad de estafa, como en la estafa tipo, la concurrencia del engaño es inexcusable, y se materializa con el vocablo “ocultando” la existencia del gravamen, que, a su vez implica el carácter doloso de la acción al tratarse de silenciar consciente y voluntariamente la existencia de la carga que soporta el bien objeto del contrato.” Also Mary, I think more context is absolutely needed, as well as your country of origin of your document. http://www.proz.com/kudoz/spanish_to_english/law_general/223... GLOSSARY ENTRY (DERIVED FROM QUESTION BELOW) Spanish term or phrase: delito de estafa English translation: (crime of) fraud; (crime of) swindling Entered by: Michael Powers (PhD) |
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