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18:41 Oct 11, 2011
Portuguese to Spanish translations [PRO] Bus/Financial - Business/Commerce (general)
Portuguese term or phrase:Sócio Ostensivo (hábil)
1.6 - A movimentação financeira da conta bancária ocorrerá através de duas
assinaturas, sendo uma obrigatoriamente do SÓCIO OSTENSIVO (Hábil), e a outra de
qualquer um dos representantes dos SOCIOS PARTICIPANTES.
Explanation: En el diccionario Jurídico Argentino aparece:
"*Socio administrador
Aquel socio que tiene mandato o representación para actuar la gestión de la sociedad.
*Socio aparente
Se entiende por socio aparente aquel que no reuniendo los requisitos para ser legalmente calificado como socio, detenta exteriormente tal calidad. Sirva de ejemplo el caso de una sociedad de interés en la cual no se cambia el nombre de los socios, tras su apartamiento de la sociedad.
Es requisito que la persona afectada por la responsabilidad (socio aparente) haya consentido que se use su nombre como socio o tolerado o permitido que se lo haga figurar en la razón social, o que actúe como tal. Las sanciones previstas para el socio aparente resultan de su falta de calidad de tal, y del consecuente engao que puede reportar a terceros su equivoca posición.
La situación del socio aparente es tratada en forma clara en la ley argentina de sociedades cuando establece:
" el que prestare su nombre como socio no será reputado como tal respecto de los verdaderos socios, tenga o no parte en las ganancias de la Sociedad; pero con relación a terceros, será considerado con las obligaciones y responsabilidades de un socio, salvo su acción contra los socios para hacer indemnizado de lo que pagare".
En síntesis, se advierte que frente a terceros será considerado con las obligaciones y responsabilidades de un socio mas. Tendrá, no obstante, acción contra los socios para ser indemnizado de lo que pagare como consecuencia de la aplicación de la responsabilidad que le impone la norma legal."
A mi juicio el termino que mejor expresaría la idea de "Sócio estensivo" es: Socio Administrador
Tienes toda la razón, Luis (muy hábil tú). El problema es que la primera vez han puesto "hábil" con minúscula y eso me ha confundido (es una errata seguro). Mil gracias.
Bueno Lola, ahora con ese contexto comprendo un poco mejor el término "hábil". A mi entender la expresión "Hábil" hace referencia al nombre de la empresa, mira al principio del contrato a ver si aparece algo como "CONSTRUCTORA HÁBIL LTDA doravante (HÁBIL)" o algo en esos términos. Puede ser que se refiera al socio Administrador de la constructora "hábil".
Espero tu respuesta.
Al final, con las firmas debajo dice esto. No sé si CEE es algo en concreto o el nombre. No especifica.
CONSTRUCTORA HÁBIL LTDA CONSTRUCTORA CCE LTDA
¿Socio hábil te parece apropiado como término?
Hola Lola, buenos días/tardes, la palabra "hábil" hace referencia a que este socio posee las atribuciones necesarias, que está habilitado.
En realidad yo no conozco la figura del "socio aparente" en España, conozco la figura del socio administrador que, salvando las diferencias juridicas, realizaría las mismas funciones.
No vi ninguna mención a CEE en el texto, mándame la cita para poder entender el contexto.
Explanation: En el diccionario Jurídico Argentino aparece:
"*Socio administrador
Aquel socio que tiene mandato o representación para actuar la gestión de la sociedad.
*Socio aparente
Se entiende por socio aparente aquel que no reuniendo los requisitos para ser legalmente calificado como socio, detenta exteriormente tal calidad. Sirva de ejemplo el caso de una sociedad de interés en la cual no se cambia el nombre de los socios, tras su apartamiento de la sociedad.
Es requisito que la persona afectada por la responsabilidad (socio aparente) haya consentido que se use su nombre como socio o tolerado o permitido que se lo haga figurar en la razón social, o que actúe como tal. Las sanciones previstas para el socio aparente resultan de su falta de calidad de tal, y del consecuente engao que puede reportar a terceros su equivoca posición.
La situación del socio aparente es tratada en forma clara en la ley argentina de sociedades cuando establece:
" el que prestare su nombre como socio no será reputado como tal respecto de los verdaderos socios, tenga o no parte en las ganancias de la Sociedad; pero con relación a terceros, será considerado con las obligaciones y responsabilidades de un socio, salvo su acción contra los socios para hacer indemnizado de lo que pagare".
En síntesis, se advierte que frente a terceros será considerado con las obligaciones y responsabilidades de un socio mas. Tendrá, no obstante, acción contra los socios para ser indemnizado de lo que pagare como consecuencia de la aplicación de la responsabilidad que le impone la norma legal."
A mi juicio el termino que mejor expresaría la idea de "Sócio estensivo" es: Socio Administrador