Alta de autónomo
Thread poster: VCampilongo
VCampilongo
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Jun 23, 2009

Hola a todos,

he estado leyendo los posts relativos al tema de si darse de alta como autónomo o no en España...y tengo todavía muchas dudas...
Me parece entender que no hay obligacíon de darse de alta y que se puede facturar aplicando la retencion IRPF del 15%.
Soy italiana, residente en España y tengo un trabajo a tiempo completo y me dedico a la traducción esperando que un día pueda dedicarme exclusivamente al trabajo de traductora. De momento, aplico la retenci
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Hola a todos,

he estado leyendo los posts relativos al tema de si darse de alta como autónomo o no en España...y tengo todavía muchas dudas...
Me parece entender que no hay obligacíon de darse de alta y que se puede facturar aplicando la retencion IRPF del 15%.
Soy italiana, residente en España y tengo un trabajo a tiempo completo y me dedico a la traducción esperando que un día pueda dedicarme exclusivamente al trabajo de traductora. De momento, aplico la retención IRPF del 15%...pero no estoy segura de que sea legal hacer de esta forma..Mi trabajo de traductora no genera ingresos superiores a los 300 al mes de momento...puedo seguir aplicando la retención IRPF o tengo que dar algun paso más, siempre considerando que ya cotizo?

gracias a todos los que podrán aclararme este tema
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Hugo Martínez Andrade
Hugo Martínez Andrade  Identity Verified
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alta Jun 23, 2009

Hola:

Siento no poder ayudarte pero hoy he oído en un cursillo de traducción audiovisual que estoy haciendo que hay gente que lo que hace es esperar a tener un volumen considerable de ingresos para darse de alta un mes en la Seguridad Social y después darse de baja de nuevo.
Si me entero de algo te aviso.

Saludos y suerte.


 
Tomás Cano Binder, BA, CT
Tomás Cano Binder, BA, CT  Identity Verified
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La mejor opción Jun 23, 2009

Es que llames a la Agencia Tributaria (www.aeat.es, 901 33 55 33) y aclares este asunto. No te piden ningún dato tuyo. Es una consulta anónima. Yo llamaría al menos dos veces para contrastar lo que te diga el primer representante.

En cuanto a la Seguridad Social, el alta como autónomo, etc. etc., lo más práctico es ir un día a la Seguridad Social de tu zona (no sé si te atienden por teléfono) y
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Es que llames a la Agencia Tributaria (www.aeat.es, 901 33 55 33) y aclares este asunto. No te piden ningún dato tuyo. Es una consulta anónima. Yo llamaría al menos dos veces para contrastar lo que te diga el primer representante.

En cuanto a la Seguridad Social, el alta como autónomo, etc. etc., lo más práctico es ir un día a la Seguridad Social de tu zona (no sé si te atienden por teléfono) y hacer la consulta.

Otra opción es ir a una gestoría y que te asesoren, pagángoles su tiempo. Los compañeros de aquí saben muchísimas cosas, pero para ir sobre seguro yo recurriría a los expertos. ¡Suerte!
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VCampilongo
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sí, lo mejor es llamar o ir a la oficina Jun 24, 2009

creo que es lo que haré, llamar o pasarme por la oficina y a ver que me dicen.
Gracias a todos


 
Tomás Cano Binder, BA, CT
Tomás Cano Binder, BA, CT  Identity Verified
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Exacto Jun 24, 2009

Hugo Martínez wrote:
Siento no poder ayudarte pero hoy he oído en un cursillo de traducción audiovisual que estoy haciendo que hay gente que lo que hace es esperar a tener un volumen considerable de ingresos para darse de alta un mes en la Seguridad Social y después darse de baja de nuevo.


Claro. Esto es perfectamente legal y legítimo. Si tus clientes lo admiten y no necesitan tus facturas inmediatamente, es lo que puedes hacer perfectamente.


 
VCampilongo
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alta y baja en un mes Jun 26, 2009

Vale, es perfectamente legal...pero se supone que yo estoy dada de alta ya en la Segurida Social, ya que tengo un trabajo...podré hacerlo?Porque hay muchos clientes que se pierden sin poder facturar!

 
Tomás Cano Binder, BA, CT
Tomás Cano Binder, BA, CT  Identity Verified
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Pregunta en la S.S. Jun 26, 2009

mikolina wrote:
Vale, es perfectamente legal...pero se supone que yo estoy dada de alta ya en la Segurida Social, ya que tengo un trabajo...podré hacerlo?Porque hay muchos clientes que se pierden sin poder facturar!

Creo que esto lo puedes aclarar en la Seguridad Social. Y sí, si no me equivoco puedes estar dada de alta en régimen general y a la vez en el régimen de autónomos.


 
Laura Gómez
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Así es Jun 26, 2009

Es posible estar dada de alta en el régimen general y en el de autónomos.
De todas formas infórmate, como dicen los compañeros, ya que creo, y digo creo, que puedes facturar sin estar dado de alta siempre que no superes un tope máximo anual.
Pregunta en Hacienda para no tener sorpresas luego!!
Laura

Tomás Cano Binder, CT wrote:

mikolina wrote:
Vale, es perfectamente legal...pero se supone que yo estoy dada de alta ya en la Segurida Social, ya que tengo un trabajo...podré hacerlo?Porque hay muchos clientes que se pierden sin poder facturar!

Creo que esto lo puedes aclarar en la Seguridad Social. Y sí, si no me equivoco puedes estar dada de alta en régimen general y a la vez en el régimen de autónomos.


 
Darío Giménez
Darío Giménez  Identity Verified
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Eso parece, sí Jun 26, 2009

Hola.

Yo también creo que se puede estar dado de alta en ambos regímenes de la SS (qué mal suena eso). De hecho, yo estuve así hace años, aunque igual resulta que soy un delincuente y yo sin saberlo (tampoco es que me importe mucho, la verdad).

Un saludo y valor... y a por Hacienda, que son pocos y cobardes.



 
María José Iglesias
María José Iglesias  Identity Verified
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O por cuenta propia o por cuenta ajena Jun 26, 2009

Mientras tengas un trabajo fijo no creo que puedas darte de alta como autónoma, porque o eres autónoma o eres asalariada.
Hacerse autónomo y darse de alta en la S. Social conviene si el trabajo que realizas y que pretendes facturar es tu profesión.
Claro que si no puedes facturar vas a perder clientes, ¡es lo normal! Pero no se puede tener todo en la vida...


[Modificato alle 2009-06-26 12:17 GMT]


 


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