Las opciones que enumeras parecen encontrarse dentro de los "motivos para denegar obligatoriamente la extradición".
A continuación te paso los casos específicos donde se enumeran los motivos para denegar de forma "obligatoria" o de forma "facultativa" la extradición. Si los estudias bien, verás que son muy parecidos a los que tú estás traduciendo y comprobarás que son "imperativos".
http://www.imolin.org/imolin/ml99spa.html Artículo 5.3.3 Motivos para denegar obligatoriamente la extradición
No se concederá la extradición cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) si el delito por el que se solicita la extradición es considerado por ... [nombre del país que adopte la ley modelo] como delito de carácter político, o si la solicitud está motivada por consideraciones políticas;
b) si existen motivos fundados para creer que la demanda de extradición se ha formulado con miras a procesar o castigar a una persona por causa de su raza, religión, nacionalidad, origen étnico, opiniones políticas, sexo o condición, o que la situación de esa persona puede resultar perjudicada por alguna de esas razones;
c) si se ha pronunciado sentencia firme en ... [nombre del país que adopte la ley modelo] por la comisión del delito por el que se solicita la extradición;
d) si, de conformidad con la legislación de cualquiera de los dos países, la persona cuya extradición se solicita está libre de procesamiento o castigo por algún motivo, entre los que se incluyen la prescripción y la amnistía;
e) si la persona cuya extradición se solicita ha sido o va a ser objeto en el Estado requirente de torturas o trato o castigo crueles, inhumanos o degradantes, o si no ha tenido ni va a tener un proceso penal con las garantías mínimas que se establecen en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
f) si la sentencia del Estado requirente ha sido dictada en rebeldía y no se avisó con suficiente antelación a la persona condenada de que iba a comparecer en juicio ni se le dio la oportunidad de organizar su defensa ni tiene, tuvo ni tendrá la posibilidad de participar en la revisión de la causa.
Artículo 5.3.4 Motivos para denegar facultativamente la extradición
Podrá denegarse la extradición cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) si las autoridades competentes de ... [nombre del país que adopte la ley modelo] han decidido no iniciar, o dar por terminadas, actuaciones contra la persona por el delito por el que se solicita la extradición;
b) si en ... [nombre del país que adopte la ley modelo] hay un proceso pendiente contra la persona reclamada por el delito cuya extradición es solicitada;
c) si el delito por el que se solicita la extradición se ha cometido fuera del territorio de ambos países y ... [nombre del país que adopte la ley modelo] carece de jurisdicción, con arreglo a su legislación, para entender de delitos cometidos fuera de su territorio en circunstancias comparables;
d) si la persona cuya extradición se solicita ha sido condenada o podría ser juzgada o condenada en el Estado requirente por un tribunal extraordinario o especial;
e) si ... [nombre del país que adopte la ley modelo], tras haber tenido también en cuenta el carácter del delito y los intereses del Estado requirente, considera que, dadas las circunstancias del caso, la extradición de esa persona no sería compatible con consideraciones de tipo humanitario en razón de la edad, el estado de salud u otras circunstancias personales de esa persona;
opciones:
f) si, de conformidad con la ley de ... [nombre del país que adopte la ley modelo], el delito por el que se solicita la extradición se ha cometido en todo o en parte dentro de ese Estado;
g) si la persona cuya extradición se solicita está amenazada con la pena de muerte por los hechos de los que se le acusa en el país requirente, a menos que ese Estado garantice suficientemente que la pena no será ejecutada;
h) Si la persona cuya extradición se solicita es nacional de ... [nombre del país que adopte la ley modelo].