GLOSSARY ENTRY (DERIVED FROM QUESTION BELOW) | ||||||
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20:02 Dec 19, 2003 |
English to Spanish translations [PRO] Law/Patents | |||||||
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| Selected response from: Alicia Jordá Local time: 23:02 | ||||||
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directiva de avance válida Explanation: Espero te sirva |
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directiva de consentimiento informado (Directiva 45/96/CE) Explanation: implementada en España debe ser, saludos Gary! Artículo 8. El consentimiento informado 1. Se entiende por consentimiento informado la conformidad expresa del paciente, manifestada por escrito, previa la obtención de la información adecuada con tiempo suficiente, claramente comprensible para él, ante una intervención quirúrgica, procedimiento diagnóstico o terapéutico invasivo y en general siempre que se lleven a cabo procedimientos que conlleven riesgos relevantes para la salud. 2. El consentimiento debe ser específico para cada intervención diagnóstica o terapéutica que conlleve riesgo relevante para la salud del paciente y deberá recabarse por el médico responsable de las mismas. 3. En cualquier momento, la persona afectada podrá retirar libremente su consentimiento. http://www.psiquiatrialegal.org/lleivalenciana.htm#TÍTULO IV... 2. Son situaciones de otorgamiento del consentimiento por sustitución: Cuando el enfermo, a criterio del/de la médico responsable de la asistencia, no sea capaz para tomar decisiones porque su estado físico o psíquico no le permite hacerse cargo de su situación, el/la médico responsable recabará el consentimiento de las personas a él vinculadas por razones familiares o de hecho. Se dará preferencia al cónyuge o persona vinculada al enfermo por análoga relación de afectividad, y, en su defecto, a los familiares de grado más próximo y dentro del mismo grado a los de mayor edad. En los casos de incapacidad legal, de personas internadas por trastornos psíquicos y de menores, el consentimiento debe darlo quien tenga la tutela o curatela. Los menores emancipados y los adolescentes de más de dieciséis años deberán dar personalmente su consentimiento. En el caso de los menores, el consentimiento debe darlo su representante después de haber escuchado su opinión, en todo caso, si es mayor de doce años. Artículo 7. El consentimiento informado. 1. Cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere que la persona afectada haya dado su consentimiento específico y libre, tras haber sido previamente informada, de acuerdo con lo establecido por el artículo 2 dicho consentimiento debe realizarse por escrito en los casos de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos invasores y, en general, cuando se llevan a cabo procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes notorios y previsibles susceptibles de repercutir en la salud del paciente. El consentimiento puede ser revocado libremente en cualquier momento. 2. El documento de consentimiento debe ser específico para cada episodio clínico, sin perjuicio de que se puedan adjuntar hojas y otros medios informativos de carácter general. Dicho documento debe contener información suficiente sobre el procedimiento de que se trate y sobre sus riesgos. http://www.psiquiatrialegal.org/lleivalenciana.htm -------------------------------------------------- Note added at 2003-12-19 20:50:50 (GMT) -------------------------------------------------- directiva de consentimiento informado, en el sentido de política de consentimiento, pero creo que se refiere a la Directiva 45/96/CE, aunque la Ley es: LEY 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Derechos e Información al Paciente de la Comunidad Valenciana. [2003/1150] Reference: http://www.juridicas.com/base_datos/CCAA/na-l11-2002.html Reference: http://www.psiquiatrialegal.org/lleivalenciana.htm#T�TULO%20... |
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Notificación válida por adelantado Explanation: El consentimiento informado es para autorizar que se le realice alguna prueba (VIH, toma de muestras, etc.) Según el contexto, esto es para que no se le haga algo |
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