15:33 Sep 10, 2018 |
Spanish to English translations [PRO] Law/Patents - Law (general) / prison sentences | |||||
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| Selected response from: Rebecca Jowers Spain Local time: 14:56 | ||||
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VENCIMIENTO DE TÉRMINOS, LA CARA POLÉMICA DE UN DERECHO |
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Discussion entries: 3 | |
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was released after the expiry of his tariff/ or under early scheme Explanation: Creo que esto no tiene equivalente en Inglaterra, no sé si en EEUU, pero esto sería lo más cercano para explicar de que se trata 'la libertad por vencimiento de términos' Tariff Expired (Removal) Scheme The Tariff Expired (Removal) Scheme (TERS) was introduced in 2012 and applies to all FNPs serving a life sentence or Indeterminate Sentence for Public Protection. The scheme allows Indeterminate Foreign National Prisoners (IFNPs) who are liable for removal from the UK to be removed from the prison and the country on or after the expiry of their tariff without reference to the Parole Board. TERS is a mandatory scheme and all IFNPs who are liable will be considered by the Public Protection Casework Section. Early (Removal) Scheme The Early Removal Scheme (ERS) was introduced in 2004 and applies to foreign national prisoners (FNPs) who are subject to deportation or administrative removal from the UK. Under the scheme, such prisoners can be removed from prison earlier than their half-way point of sentence, to allow their deportation or removal from the UK. http://researchbriefings.files.parliament.uk/documents/SN051... |
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was released after the expiration of the maximum pretrial detention period Explanation: Or, if for a UK audience: was released after the expiry of the maximum remand period I don't think this refers to release after the expiry of a tariff or under an early scheme (i.e., release after serving part of a prison sentence), since the text states "quedó en libertad por vencimiento de términos en su proceso judicial", which suggests that this refers to pretrial release (release from pretrial detention (US) / release from remand (UK). But we really need more context here to be sure. |
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40 mins |
Reference: VENCIMIENTO DE TÉRMINOS, LA CARA POLÉMICA DE UN DERECHO Reference information: ¿Cómo se vencen los términos? La Ley 1786 en entró a funcionar en julio de 2017. Tres numerales en el artículo 317 de esta ley, 93 palabras, separan a los encarcelados con medida de aseguramiento de los libres. Estas son: “Cuando transcurridos 60 días contados a partir de la fecha de imputación no se hubiere presentado el escrito de acusación”. Es decir, desde que terminó la imputación en las audiencias preliminares hasta que el nuevo fiscal presente el documento y le sea asignado a un juez de conocimiento el caso deben pasar menos de 60 días o el detenido queda en libertad. “Cuando transcurridos 120 días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio”. Este término es el que más dificultades causa en la rama judicial, según explica el coordinador del Centro de Servicios, el juez 17, Delio Nieto. En esta etapa del proceso judicial, tanto Fiscalía como defensa debe destapar las pruebas que utilizará de cara al juicio. Luego el juez debe decidir cuáles son pertinentes para la próxima etapa de las diligencias. Cabe resaltar que en este lapso del proceso pueden comenzar las llamadas “maniobras dilatorias” por parte de la defensa. La ley contempla esta situación y explica que: “el tiempo que haya transcurrido por causa de maniobras dilatorias atribuibles a la actividad procesal del interesado o su defensor, caso en el cual dicho tiempo no se contabilizará dentro del término máximo de la medida de aseguramiento privativa de la libertad”, es decir no se sumará a estos 120 días. Pero, por ejemplo, cada vez que el Inpec no traslada a un recluso a audiencia, estos términos corren por cuenta de la administración de justicia y sí contribuyen al vencimiento de términos. “El Inpec no tiene la capacidad logística para traer a las personas privadas de la libertad a las audiencias ya que por cada recluso debe tener al menos un guardia y no poseen el personal”, ahonda en el problema el juez Nieto. Por último, el tercer término ocurre “cuando transcurridos 150 días contados a partir de la fecha de inicio de la audiencia de juicio, no se haya celebrado la audiencia de lectura de fallo o su equivalente”. La ley contempla que estos términos se duplican en casos de delitos sexuales, contra menores de edad, de corrupción o cuando sean tres o mas los imputados en el proceso. Para que una persona adquiera el beneficio de libertad por vencimiento de términos, su abogado debe solicitar la audiencia ante un juez de control de garantías, diferente al que lleva el proceso judicial en el que se encuentra implicado el detenido. En esa audiencia, la defensa, Fiscalía y el juez sacan cuentas de cuántos días de dilación atribuibles a la administración de justicia han transcurrido. https://www.elheraldo.co/judicial/vencimiento-de-terminos-la... |
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