as an employed person
Explanation: According to this dictionary entry: EMPLOYMENT AND WORKING CONDITIONS, Social security, Mechanical engineering [COM] Full entry ES actividad asalariada actividad por cuenta ajena EN activity as an employed person http://iate.europa.eu/iatediff/SearchByQuery.do
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Ficha del Documento Nueva búsqueda Ayuda Contrato de trabajo Derecho Laboral español. Naturaleza. Caracteres. Capacidad contractual de trabajador y empresario. Forma. Prueba. Validez. Nulidad. Prescripción Apunte resumido de un tema Categoría: Derecho Subcategoría: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Contrato de trabajo (ficha del documento) Contrato de trabajo (versión en PDF) Contrato de trabajo (versión para descargar en ZIP) DERECHO DEL TRABAJO III TEMA 1. EL CONTRATO DE TRABAJO, CONCEPTOS GENERALES Y CONSTITUCIÓN 1. Naturaleza y caracteres del contrato de trabajo. 2. Presupuestos y elementos constitutivos: consentimiento, objeto y causa. 3. Capacidad para contratar: capacidad contractual del trabajador, capacidad contractual del empresario. 4. Forma y prueba del contrato de trabajo. 5. Validez y nulidad del contrato de trabajo. 6. Prescripción y caducidad en el contrato de trabajo. 7. Periodo de prueba. 1. Naturaleza y caracteres del contrato de trabajo. El contrato de trabajo viene definido en el art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, “....” En esta definición vienen los elementos básicos del contrato de trabajo: - prestar servicios por cuenta ajena - en el ámbito de organización y dirección de una persona ajena. Las características definitorias del contrato de trabajo: - bilateral, nacen obligaciones reciprocas para trabajador y empresario. - sinalagmatico, el contrato de trabajo tiene que contener cierta equivalencia en las prestaciones. El contrato de trabajo se rige por el principio de equivalencia de prestaciones. Lo cierto es que en determinados supuestos identificar relaciones como relaciones laborales es difícil, destacamos cuatro razones: 1/ El Derecho del Trabajo tiene un carácter expansivo, en sus orígenes comprendía relaciones que siempre han tenido un carácter inequívoco laboral. Pero con el transcurso del tiempo ha ido abarcando ámbitos que antes no se consideraban laborales (Ejem al servicio del hogar desde hace 15 años). Absorbe actividades. 2/ Gran cambio que sufre la economía, la sociedad, la tecnología ... (Ejem mensajeros, teletrabajo ...) 3/ Elementos definitorios del contrato de trabajo son claros, pero a la vez poco concretos, son genéricos. 4/ En supuestos hay voluntad fraudulenta, personas que son trabajadores en sentido legal se les presenta como autónomos o por contrato civil, y viceversa aunque es menos frecuente. Los criterios Jurisprudenciales básicos para definir una relación contractual como laboral son números, pero de entrada: - es irrelevante la calificación que le den las partes al contrato. - hay determinados elementos o indicios que permiten presuponer que existe contrato de trabajo, esa presunción se recoge en el art. 8.1 Estatuto de Trabajadores “...” si una parte dice que no hay contrato deberá probarlo. La Jurisprudencia señala como elementos fundamentales del contrato de trabajo: 1/ Se exige trabajar en relación de dependencia. Esto consiste en estar dentro del ámbito de organización y dirección de una empresa. No se trata de una subordinación rigurosa. Se manifiesta en recibir ordenes o instrucciones, estar sometido a un régimen disciplinario, la posibilidad de que se le sancione ... Estar dentro del ámbito de organizativo debe entenderse con un criterio flexible, pues hay supuestos de contratos de trabajo, indudable su carácter laboral, en los que no aparece este criterio. (Ejem trabajadores a domicilio, actividades que no se prestan en centros de trabajos como Agentes de viaje ) 2/ Ajeneidad, el contrato de trabajo se basa en la prestación de un servicio por cuenta ajena. Esta ajeneidad se refiere a dos aspectos distintos: - ajeneidad en los frutos - ajeneidad en los riesgos Los beneficios que se obtengan del trabajado pertenecen al empresario. En un principio al trabajador lo que le pertenece es el salario. Participar en los beneficios sería complementario, pues el trabajador a lo que tiene derecho es a un salario básico. Los riesgos, vicisitudes de la actividad corresponden al empresario, por este principio el empresario no puede de dejar de pagar a un trabajador por no obtener beneficios. 3/ Percepción de una retribución, no hay gratuidad. A parte de estos tres elementos básicos, existe un cuarto elemento, que a diferencia de los anteriores admite excepción. 4/ El contrato de trabajo es de carácter personalisimo, el servicio lo debe prestar el trabajador contratado y no otra persona. Este elemento admite matizaciones, ya que en determinados supuestos se admite variar o sustituir al trabajador, sin que el contrato pierda el carácter laboral. Jurisprudencia afirma que una sustitución ocasional no desvirtúa el carácter laboral. Existen otros tres elementos, tienen un carácter indiciado, es decir que sirven o ayudan en casos dudosos: 1/ cumplimiento de una jornada laboral con horario de trabajo. Aunque este elemento no es exclusivo de los contratos de trabajo. Pero unido a los elementos anteriores da carácter laboral al contrato. 2/ centro de trabajo, aunque tb el trabajo se puede prestar fuera. Pero ir al centro de trabajo día a día es un elemento de peso. 3/ exclusividad, aunque el pluriempleo no esta prohibido. Pero si se hace en régimen exclusivo para una empresa, es una fuerte presunción para considerar relación contractual laboral. Con estos elementos se puede distinguir con mas precisión los contratos de trabajo de figuras afines que no lo son, como el contrato de sociedad, contrato de ejecución de obra, contrato de arrendamiento de servicios ... No tiene ninguna significación el régimen de Seguridad Social. El hecho de estar de alta en el régimen general no supone ser trabajador o no, puede ser un elemento indicativo pero no por si mismo definitorio. http://html.rincondelvago.com/contrato-de-trabajo_1.html
Reference: http://iate.europa.eu/iatediff/SearchByQuery.do
| Maria Local time: 22:46 Specializes in field Native speaker of: Spanish PRO pts in category: 40
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