Aug 22, 2002 04:27
22 yrs ago
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English term

Proposed translations

12 hrs
Selected

piramide de grupos nutritivos

I suspect that the prior replies have missed the point in this reference, that this pyramid is composed of the \"basic food groups\", including as \"groups\" the milk products group, the meat group, the vegetable group, etc. This was started in the U.S.A. by the FDA government agency, but may have been started under other agencies or by various researchers in other countries, using other terms to refer to the concept of \"kinds of food\".
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4 KudoZ points awarded for this answer. Comment: " You are absolutely right, everybody missed the context.Thank you.RU."
+9
7 mins

pirámide alimentaria

info de mi esposa médica ;-)

saludos,
wl
Peer comment(s):

agree Rossana Triaca : Zás, por un minutito :)
1 min
agree Monica Colangelo : info de los libros de mis hijas:) ya me la sé de memoria (aunque ellas no lograron aprenderla)
4 mins
agree nkay
1 hr
agree NuriaL
3 hrs
agree Pilar Megías
4 hrs
agree AVA (X)
6 hrs
agree Rafa Lombardino
7 hrs
agree Sery
9 hrs
agree Karina Pelech
12 hrs
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+5
8 mins

Pirámide alimenticia

o alimentaria (aunque es menos usado).

Suerte,
Rossana

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Note added at 2002-08-22 04:39:12 (GMT)
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Búsqueda en Google:
\"pirámide alimenticia\" = 683 hits
\"pirámide alimentaria\" = 361 hits

Casi 2 a 1 :).

--------------------------------------------------
Note added at 2002-08-22 06:25:03 (GMT)
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alimenticio, cia.
1. adj. Que alimenta o tiene la propiedad de alimentar.
2. adj. Perteneciente o relativo a los alimentos o a la alimentación.

alimentario, ria. (Del lat. alimentarĭus).
1. adj. Perteneciente o relativo a la alimentación. Industria alimentaria.
2. adj. Propio de la alimentación.
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Peer comment(s):

agree Beatriz Gallardo : Yo creo que este es el correcto. Aparece en múltiples publicaciones.Suerte!
9 mins
agree ckatsidonis
36 mins
neutral Clarisa Moraña : "alimentaria" es correcto, "alimenticia" no porque no te alimenta.
1 hr
Emh, creo que ya habíamos discutido esto; la RAE da como *segunda* acepción de "alimentario" lo mismo que "alimenticio", por lo que son sinónimos.
agree ROLANDO A. HERNANDEZ : asi decimos en Mexico.
3 hrs
agree Joshua Solomon
8 hrs
neutral labusga : Querida Rossana - qué lindo nombre, mi esposa también es Rosana - el Google no es ninguna autoridad en cuestiones de terminología porque en Internet hay un montón de basura también (como también muchas cosas buenas)
10 hrs
Gracias por lo del nombre :). Naturalmente, si uno busca en Google "desición" hay unas 9000 páginas, pero para decidir cuestiones de uso entre dos cosas correctas es bastante útil.
agree Antonio Villarreal Ulloa
1 day 10 hrs
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+5
1 hr

...pirámide de grupos alimentarios...

"Alimentarios", por favor. No importan las respuestas de GOOGLE, "alimenticia" o "alimenticios" sería una barbaridad, porque ni la pirámide ni los grupos alimentan per se.

HTH...
Peer comment(s):

agree Clarisa Moraña : ¡Perfecto! Yo en Google encontré "seres umanos"; no pero eso está correcto.
26 mins
¡Gracias, Clarissa!
agree schwensen (X)
38 mins
¡Gracias, Anna Louise!
neutral Rossana Triaca : Alimenticio: 2. adj. Perteneciente o relativo a los alimentos o a la alimentación. Es sinónimo de alimentario en su segunda acepción. Y naturalmente que Google es útil siempre y cuando sea bien usado...
41 mins
Pero fíjate que lo que "alimenticio" expresa en la segunda acepción, "alimentario" lo expresa en la primera. En este caso lo considero el vocablo de primera opción. E ilustra mucho sobre GOOGLE que "alimentico" aparezca más veces que "alimentario" en un c
agree Pilar Megías
3 hrs
¡Gracias, Pilar!
agree AVA (X)
5 hrs
¡Gracias, AVA!
agree Marta Bianchi
9 hrs
¡Gracias, Marta!
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9 hrs

pirámide nutricional

"...para mantener un buen estado de salud, los expertos en nutrición recomiendan consumir mayor cantidad de pan, pastas y cereales, que son los que se ubican en la base de la pirámide nutricional...."
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12 hrs

solo para ahondar un poco más en el tema alimentario/alimenticio...

Buscando en el diccionario de estilo de María Moliner (edición 98), es igual a la RAE excepto que <<alimentario>> está en cursivas, es decir, como codifica ella las palabras en desuso.

Encontré dos artículos interesantes que transcribo a continuación:
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El idioma en la gastronomía
Por Fernando Díez Losada

(...) Cuando anteriormente tratamos de justificar el uso del neologismo sirope, hablamos del campo alimentario. ¿No deberíamos haber dicho alimenticio? Como es evidente, ambos adjetivos poseen un étimo común: el verbo latino alere /alimentar/. Alimentario proviene directamente del adjetivo latino alimentarius, y su uso nunca fue popular. Según la definición del DRAE, alimentario-a es lo "propio de la alimentación o referente a ella". Alimenticio-a fue definido por la Academia (hasta la decimonovena edición de su lexicón oficial [1970]) como "lo que alimenta o tiene la propiedad de alimentar".

En consecuencia, debería decirse, por ejemplo, industria alimentaria, ciencia alimentaria, déficit alimentario, pero semilla alimenticia, sustancia alimenticia, bolo alimenticio...

La diferencia entre los dos adjetivos estaba, pues, muy clara. Una industria es alimentaria y no alimenticia porque la industria no se come, no es nutritiva, simplemente produce alimentos. Lo mismo, un tratado o un déficit son alimentarios y no alimenticios.

Pero ocurría que en el uso popular (incluso en el periodístico y el técnico) apenas se empleaba el adjetivo alimentario y se prefería el más común alimenticio. No era extraño leer frases como Muerto por intoxicación alimenticia o Feria alimenticia en Barcelona, cuando –según lo expuesto– en ambos casos el adjetivo apropiado era alimentaria.

En vista de este empleo generalizado de alimenticio-a, el DRAE agregó una nueva acepción: "ALIMENTICIO.2. Referente a los alimentos o a la alimentación." Con ello, prácticamente se estableció la sinonimia alimentario-alimenticio y, una vez más, se abrió el camino para la ambigüedad y la imprecisión. ¡Qué le vamos a hacer...! (...).
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NOTA TERMINOLÓGICA
por María Valdivieso

Pensiones alimenticias

Los términos que se reseñan a continuación pueden resultar de interés para la traducción de textos sobre pensiones alimenticias entre familiares. Las fuentes consultadas son: la Nueva enciclopedia jurídica de SEIX («alimentos»), el repertorio jurídico de ARANZADI («alimentos entre parientes») y el Diccionario de Derecho de Ribó. Hemos utilizado, entre otros, los siguientes actos jurídicos de referencia: Convenio sobre la Ley aplicable a las obligaciones alimenticias (La Haya, 2.10.1973, recogido en el BOE nº 222 de 16.9.86) y el Convenio entre los Estados miembros de las Comunidades Europeas sobre la simplificación de los procedimientos relativos al cobro de créditos alimentarios.

«Deber de alimentos/alimenticio»/«obligación alimenticia» es la responsabilidad jurídica o moral de mantener a otra persona1.
La consiguiente relación entre las personas implicadas se denomina, pues, «relación alimenticia».
La persona sobre quien recae la responsabilidad se puede denominar «alimentante», «obligado (a dar/prestar (los) alimentos» o «deudor (de los alimentos)».
La otra parte, el beneficiario, se conoce como «alimentista», «titular del crédito alimenticio» o «acreedor de alimentos».
El derecho que ostenta el alimentista es un «derecho (subjetivo) de/a (los) alimentos» o «pretensión alimenticia», que se puede manifestar a través de una «demanda alimenticia» ante los tribunales.
La obligación alimenticia de una parte para con la otra general la «deuda alimenticia» o «crédito alimenticio/por alimentos»2.
El cumplimiento de la obligación alimenticia se materializa en la «prestación alimenticia», que puede tomar la forma de «pensión alimenticia» (es decir, aportación económica en efectivo) o satisfacerse en especie (manteniendo el alimentante al alimentista en su propio hogar y subviniendo directamente a sus necesidades).

Algunas formas verbales que expresan la relación alimenticia: «deber alimentos a alguien», «prestar/abonar/dar/suministrar (los) alimentos», «recabar alimentos».

Caso de incumplirse la obligación alimenticia, el alimentista puede entablar contra su deudor una «acción de alimentos», que desembocará en un «juicio plenario de alimentos» o en un «juicio de alimentos provisionales», de los que resulta la «sentencia condenatoria de los alimentos».

«Alimenticio/alimentario»: la primera forma es la única que he encontrado en todos los textos jurídicos españoles consultados. «Alimentario» aparece, sin embargo, en el Convenio entre los Estados miembros de las Comunidades Europeas sobre la simplificación de los procedimientos relativos al cobro de créditos alimentarios. Por ser un texto comunitario y traducido en la casa (o en una de ellas al menos), dejo el código de fiabilidad a la discreción de cada uno.


1. «Con el nombre de alimentos se conoce en derecho la prestación de los medios económicos necesarios para la vida, distinguiéndose los alimentos en sentido propio, que son proporcionados a la posición social de la familia, y los auxilios (o alimentos en sentido estricto) que son los puramente indispensables para la subsistencia, sin relación con dicha posición social» (ARANZADI).
2. El uso de «crédito» como sinónimo de «deuda» se explica por la definición que ofrece el DRAE para la primera: «Derecho que uno tiene a recibir de otro alguna cosa, por lo común dinero».

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Me parece claro que es una cuestión de estilo; <<alimenticio>> era incorrecto, pero su uso erróneo termina siendo aceptado. Termina entonces siendo una cuestión de preferencia, de estilo "purista" contra "usanza". No sé, uno no desea perpetrar errores en las traducciones, pero tampoco producir un texto que suene anticuado...

En fin, ambas son correctas, será una cuestión del traductor cuál elegir.

Saludos,
Rossana
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